viernes, 13 de junio de 2014

El desgobierno castrista permite y alienta la violencia de género

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Póster de la campaña de las Naciones Unidas UNiTE to End Violence against Women

La dictadura castrista, y en especial su desgobierno, permite, promueve y consiente la violencia de género en la isla. Le importa un bledo cualquier acción o denuncia en contra, sea de la ONU o de las mismas víctimas.

Ninguna de esas mujeres cuyos derechos son violados constantemente en Cuba tiene protección legal alguna. Al contrario. Pobres ellas, qué pena me da su situación.

¡Pero qué se puede esperar de un desgobierno que ordena maltratar a mujeres por su posición política o ideológica!

Los hechos documentados en el artículo de hoy en Diario de Cuba no son aislados: Editorial: Violencia de género del Estado.

Recordemos algunos sucesos similares publicados en este blog con anterioridad:

- ¡Qué se puede esperar de un gobierno que golpea mujeres! (sobre la brutal represión a las Damas de Blanco)

- Vergonzoso silencio de organización femenina (sobre la cobarde sumisión de la Federación de Mujeres Cubanas).

- Qué se puede esperar de quienes apoyan a una dictadura (sobre la actriz Ana Luisa Rubio y cómo fue salvajemente golpeada por supuestos vecinos).


¡Qué se puede esperar de un gobierno que alienta el odio, el rencor, la violencia y la brutalidad contra mujeres indefensas!
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lunes, 9 de junio de 2014

El verdadero bloqueo, ¿de quién es?

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¿Conocen la izquierda y los que promueven la eliminación del embargo norteamericano a Cuba, quién es el que realmente bloquea todo acto de evolución en Cuba?

Si lo conocen e insisten en mirar hacia otro lado, ya dice bastante de la pata que cojean. ¿Por qué si no iba a reprimir la dictadura a los indecentes niveles que lo hace? Esa pregunta ni les pasa por la cabeza...

Un adelanto de un artículo que recomiendo:

"Los hechos en Cuba son brutalmente antieconómicos. El Gobierno acaba de enviar un mensaje en la frontera a los miles y miles de agentes económicos individuales que, provenientes en lo fundamental de Estados Unidos, sostienen la cadena alimenticia del sector privado, advirtiéndoles de que se les decomisarán los bienes que importen sin justificación filial. Un ciudadano está corriendo el peligro de ser incluso juzgado y condenado a tres años de privación de libertad por introducir en el país 150 memorias flash. Puede que no tenga 150 parientes en la Isla."

Más, en: El primer destinatario.

El verdadero bloqueo, ¿de quién es?



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sábado, 8 de febrero de 2014

El régimen explota a niños con fines políticos y los usa en actos represivos

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El documental Gusano, de Estado de SATS, es una más entre las tantas evidencias gráficas de cómo el desgobierno cubano reprime a disidentes y a opositores pacíficos en la isla.

Como si no le bastara, no solamente recurre para ello al apoyo de sus agentes y paramilitares sino que usa a menores para enmascarar la represión, muchas veces con final violento. Sí, sin el consentimiento de sus padres usa a niños que debieran estar en la escuela a esas horas, aprendiendo de todo menos a reprimir a otras personas por pensar diferente.

Qué se puede esperar de una dictadura cuyos tentáculos estrangulan no solo los cuerpos sino la moral y la psique de las futuras generaciones que dice formar... Pero vea y oiga Ud. los hechos que documenta Estado de SATS; no deje que nadie se los cuente o distorsione:


Si está en contra de estas prácticas, firme la Petición a la Junta Ejecutiva de UNICEF, Contra el uso de los niños en actos de represión en Cuba. En ella se le pide a la UNICEF "que le exija al gobierno de Cuba que respete los derechos de los niños, que no explote a los menores con fines políticos y no los use en actos represivos contra la oposición cubana".

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martes, 10 de diciembre de 2013

En #Cuba SÍ se violan derechos humanos elementales #DDHH

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 Algunos de los derechos humanos contemplados en la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS que son permanentemente pisoteatos por la dictadura castrista son los siguientes:

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
(Pero algunos en Cuba tienen menos derechos que otros, pregúntele a los disidentes si no.)

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
(Las víctimas de la dictadura son miles. Ya sería hora de que se enterara.)

Untitled. Jorge Chamorro, Madrid, Spain

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
(En la mayor isla del Caribe sucede otra cosa a diario...).

Artículo 11
11.1 Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
11.2 Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
(El régimen carga a cuestas con muchos ejemplos de lo contrario).

Truth Hurts. Moisés Romero, Zapopan, Mexico

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
(¿Seguro?).

Artículo 13
13.1 Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
13.2 Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
(No en Cuba. El régimen me impide regresar a mi país de origen.)

Freedom of speeach. Christopher Scott, Dungannon, United Kingdom

Artículo 17
17.1 Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
17.2 Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
(Es cierto: Cuba, propiedad de los Castro, es el mejor ejemplo).

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
(¿Derecho a la libertad de opinión y de expresión en la isla cárcel? Un chiste de muy mal gusto.)

Article 19. Tomaso Marcolla, Lavis, Italy

Artículo 20
20.1 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
20.2 Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
(Otro chiste de muy mal gusto. Pregúntele a los de Estado de Sats si no).

Speak out for those who can’t. Candy Chang, Helsinki, Finland

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