miércoles, 10 de diciembre de 2008

Día Internacional de los Derechos Humanos - Dignidad y justicia para todos nosotros

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Hoy 10 de Diciembre se conmemora el 60 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, con tema este año "Dignidad y justicia para todos nosotros".

En el sitio Web de la ONU se especifica que:

Un elemento esencial de la protección de los derechos humanos es la difusión amplia de los conocimientos y el fomento de la comprensión entre las poblaciones de cuáles son sus derechos y cómo pueden defenderlos. En la actualidad, la Declaración está disponible en más de 360 idiomas y es el documento que más se ha traducido en el mundo, lo que da testimonio de su carácter y su alcance universales. [...] La Declaración pertenece a todos y cada uno de nosotros: corresponde ahora leerla, estudiarla, promoverla y reivindicarla como nuestra.

Entonces, para proteger los derechos humanos y para promover su Declaración Universal, yo les muestro a continuación el texto íntegro de la misma y les propongo lo siguiente: leerlo completo y debatirlo en este post, comenzando por los artículos que ustedes consideren no se respetan en los países donde ustedes viven. Quizá logremos evitar que en un futuro se repitan escenas como éstas, filmadas en Cuba (dan vergüenza a partir del minuto 0:57):



Declaración Universal de los Derechos humanos
Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General
217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948


Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General

proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
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martes, 9 de diciembre de 2008

Conozca Berlín - Sowjetisches Ehrenmal

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No pensé que fuera a escribir en este blog sobre un monumento soviético pero es que les tengo un par de historias interesantes... Aquí les va el post de hoy:

Sowjetisches Ehrenmal - Memorial de Guerra Soviético

El Memorial de Guerra Soviético (Sowjetisches Ehrenmal en Alemán) está ubicado en un parque berlinés, el Treptower Park, situado a orillas del río Spree.

Vista aérea del memorial y del Treptower Park, según Google Earth.

El Treptower Park queda cerca de donde yo vivo. Es un enorme pulmón verde al este de Berlín y sus 88,2 hectáreas de extensión se construyeron entre el año 1876 y el 1888. El río Spree, por su parte, tiene unos 400 km de largo y su curso serpentea caprichosamente por Berlín, en especial por muchos de sus rincones turísticos.

Vista frontal del arco de triunfo en la entrada norte.
Vista trasera del arco de triunfo en la entrada norte.

El Memorial de Guerra Soviético es un memorial y un cementerio militar a la vez. Su objetivo principal fue recordar a los más de 80 mil soldados del Ejército Rojo que cayeron en la Batalla de Berlín durante los meses de Abril y Mayo de 1945. Fue inaugurado cuatro años después del final de la Segunda Guerra Mundial, el 8 de Mayo de 1949, y sirvió, hasta la caída del Muro de Berlín, como memorial central de la República Democrática Alemana (RDA).

La Madre Patria llora por sus hijos caídos (mide 3 metros de altura)

Un grupo de personas, lidereadas por el arquitecto Jakov S. Belopolsky, fue quien lo diseñó. El proyecto ganó por delante de otros 32 proyectos que se presentaron a concurso en el año 1946. La construcción comenzó inmediatamente y terminó tres años más tarde.

Avenida al portal central.

En este cementerio militar descansan los restos de más de 7 mil soldados caídos en la Batalla de Berlín. Lo he visitado en unas tres ocasiones y, la primera de ellas, vi muchos rusos (o personas que hablaban Ruso, mejor dicho) que venían en guaguas turísticas a visitar el memorial. Ninguna ceremonia; sólo turismo.

Soldado arrodillado.
Soldado arrodillado al pie de una escultura que simula la bandera soviética, en granito rojo.

El gobierno de la RDA celebró muchas fechas conmemorativas en el memorial. Cada año se organizaban desfiles y discursos por el 8 de Mayo (Fin de la Guerra), el 7 de Octubre (Fundación de la RDA) y el 23 de Febrero (Día del Ejército Rojo y de la Flota Marítima). Las escuelas de Berlín Oriental eran movilizadas con frecuencia para asistir a tales actos.

Eje central, desde el portal central.
"La patria no olvidará a sus héroes".
Corona en recordación a los marines soviéticos.

Gabi, una colega alemana, me cuenta que no solamente se trataba de asistir a los actos conmemorativos sino que había que ir a los ensayos también. Ella me dice que no le gustaban para nada porque se cansaba mucho de estar de pie. Así, aprovechaba y se escondía para irse antes de tiempo, cuando podía hacerlo, escabulléndose entre la multitud que llegaba a concentrarse. Eso sí, como pasaban lista, no se iba hasta que los dirigentes pioneriles y de la Juventud Comunista no la anotaran y la vieran bien. No me quedó más que reírme cuando terminó su relato. ¡En Cuba es así todavía!

Las tumbas están marcadas por cinco plataformas cuadradas, de piedra, cada una adornada por una corona de laureles.


En el otro extremo del memorial hay una escultura de bronce de 12 metros de altura (30 metros en total) y 70 toneladas de peso. Se trata de un soldado con un niño en los brazos y una espada, con una esvástica rota bajo los pies. El niño es una alegoría a la nueva Alemania socialista que nacía.


El piso también está adornado con coronas y ramos de laureles.


Al los lados, 16 sarcófagos de mármol blanco simbolizan las 16 repúblicas soviéticas de aquellos años. Cada una tiene un relieve con un tema significativo, por los lados más anchos. En los lados más estrechos, los que dan hacia el interior del memorial, hay citas de Stalin, en Ruso en los 8 sarcófagos que dan al norte, y traducidos al Alemán, en los que dan al sur. Algunas de las citas han sido víctimas del vandalismo (no digo yo).

Relieve "El ataque alemán".

Los ocho sarcófagos del lateral derecho.

Relieve "Destrucción y sufrimiento en la Unión Soviética".
Lado más estrecho de un sarcófago.

El majestuoso memorial es muy tranquilo. Cuesta trabajo imaginarse todos sus pasillos y paseos llenos de personas vitoreando consignas y lemas, o la tribuna en el portal central abarrotada de militares y jefes, o el movimiento de las personas caminando o marchando sincronizádamente en los desfiles. Pero ahí están las fotos en los murales informativos...


No vi a ningún custodio por todo aquello aunque sí a una patrulla de policía en una de las entradas. Me hubiera quedado un tiempo más si no hubiera sido por el frío, que ya comenzaba a apretar. Al menos disfruté un buen rato de los colores de las hojas de los árboles. Y de los desfiles en Cuba... no, de esos no quiero acordarme.





[Fuente principal: Wikipedia, la enciclopedia libre. Todas las fotos las hice yo.]



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lunes, 8 de diciembre de 2008

Multitasking en sepia

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Así me ve mi esposo a veces. Bueno, me faltaron los niños, la PC y la netbook. Con las dos últimas el multitasking es de madrugada... :-)
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domingo, 7 de diciembre de 2008

Películas en formato 3D: de la Habana a Berlín

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CineStar Potsdamer Platz.

De niña siempre me quedaba extasiada con los cuentos "de antes" de mis padres y mis abuelos. Yo me metía en sus historias y trataba de imaginarme cómo era la vida cuando eran ellos niños y yo no había nacido todavía. Hoy la niña mía es la que nos pide cuentos de cuando éramos chiquitos a mi esposo y a mí. El niño sólo nos mira con sus ojazos grises. Deja que aprenda a pedir por sí mismo...

Uno de los que no olvido de mi papá es el de cuando iba a un cine en la Habana (no recuerdo el nombre del cine) a ver películas en tres dimensiones. Habrá ido quizá un par de veces cuando era niño. Me gustaba siempre la parte de cómo se impresionaba con las escenas donde los personajes y sus movimientos ocurrían como si estuviera él dentro de ellas, espejuelos de 3D de por medio.

Con esa imagen entré la primera vez al CineStar IMAX 3D Sony Center (acostumbrada como estaba en Cuba al Mara, el Yara, el Alameda, este nombre me parece demasiado largo...). Una segunda visita la hice hace unos días por el mediodía. Fui a ver la película Momias 3D - Secretos de los faraones en una de las pantallas más grandes del mundo para filmes en 3D.

Cafetería y lobby del CineStar IMAX 3D Sony Center.

Ni sé cómo contarles qué se siente al estar una sentada en una butaca que te invita a dormirte en vez de a ver cine (por lo cómoda que es, pero yo aguanto despierta, claro) y tener frente a ti a una pantalla de 588 m² con imágenes y secuencias que "te vienen para arriba", como mismo me contaba mi padre, por las gafas de 3D que tienes puestas... Y si fuera sólo eso, pero con los 25 mil Watts del sistema de audio espacial que tiene el CineStar IMAX 3D Sony Center, el disfrute es perfecto.

Esperando a que empiece la función, la vista es la Potsdamer Platz.

El CineStar Potsdamer Platz fue inaugurado el 20 de Enero del 2000 en el modernísimo Sony Center de la famosa Potsdamer Platz, cuna del Festival de Cine de Berlín, la Berlinale (la cual también seguiré de cerca en Febrero próximo).

Hay frío, pero vale la pena salir al balcón.

Aunque corto, me gustó el filme de los secretos de los faraones. Más me gustó, sin embargo, el puente imaginario que construí de la Habana a Berlín, una vez más, con las historias que mi papá me hacía hace años. Por cierto, aunque ya no pueda oirlas de sus labios, por la distancia, aún él cuenta historias. Y las escribe. Yo se las publico en el blog A empujar el almendrón.

El cine me fascina. Pido un deseo y me veo sentada en el Acapulco, en medio del XXX Festival Internacional del Nuevo Cine Latinoamericano de la Habana...
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sábado, 6 de diciembre de 2008

La fertilidad de la blogosfera cubana [updated]

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Es increíble cómo en pleno siglo XXI (y por el camino que va, hasta en el XXII sería imaginable) se ignore y se trate de bloquear por todos los medios posibles, por parte de las autoridades cubanas y muchos que prefieren mirar para el lado, eso está de más decirlo, a Yoani Sánchez y a su blog Generación Y. Mientras, crece en otras latitudes, por suerte, la atención que reciben esa bloguera y otros bloggers cubanos verdaderamente independientes por la labor que realizan.

Qué es un blog, cuál es su objetivo, cómo es parte del torrente imparable de la Web 2.0 y del desarrollo de las tecnologías de la información actuales, no lo ha entendido el gobierno cubano, y parece no querer entenderlo. Todo lo llevan a los extremos: o blanco o negro, nada de tonos grises. Y es que, Yoani no vive en Escandinavia sino en Cuba, por lo que resulta paradójico que el gobierno cubano abrace y divulgue, al mismo tiempo que Yoani cuenta sobre lo que el primero no quiere contar, sobre la verdadera realidad cubana, estandartes que ya hace rato cayeron del caballo y de las manos de sus jinetes. Por eso es que blogs como el de Yoani tienen un mérito indiscutible.

Los remito a la Entrevista exclusiva com a blogueira Yoani Sánchez, vencedora do The BOBs 2008, que ha realizado Tiago Dória, periodista y consultor mediático, y al bello post de Alvaro de la Rica, Yoani Sánchez, en su blog Hobby Horse.

Y los invito también a visitar un blog acabadito de nacer, donde el de Yoani ha sido motivo de inspiración, como sirvió a Rosa igualmente para abrir el suyo en su momento, el blog Joven por Cuba y por la justicia, de Carlos Páez. Bloggers como éste son un ejemplo más de los resultados que ha traído, a lo largo de casi 50 años, la calificación sobresaliente que ha obtenido la dirección de la Isla en la asignatura "Familias divididas y emigración cubana". Aún así, ya nada puede detener la fertilidad de la blogosfera cubana, ni dentro ni fuera del archipiélago cubiche.

[Gracias, José Luis, por los links a la entrevista de Tiago y al post de Alvaro.]

Update:

Qué mejor oportunidad para enseñárles el video de Yoyi, otro bloguero cubiche, precisamente relacionado con los cubanos que abandonan su país por no tener allí futuro. Este es el trailer:


Las cinco partes del mismo pueden verlas en su blog Tierradentro. ¡Gracias, Yoyi, por tu email!
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